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El art. 103.3 de la Constitución establece que "La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones".
"La carrera profesional es (¿era?) la gran innovación que pretendía introducir en el régimen del empleo público español la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, EBEP)....."
Por razones operativas se suspende sine die la charla prevista para el próximo viernes titulada la hipoteca inversa, que iba a impartir nuestro compañero y amigo D. Rafael Somoano Ojanguren.
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